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El caso Negreira: ¿Por qué la UEFA no puede sancionar al Barça?

El día después de que Florentino Pérez calificara al Barcelona como protagonista del “mayor escándalo de la historia”, el caso Negreira ha vuelto al centro del huracán. La batalla ya no se libra solo en los juzgados o en los platós de televisión: también se proyecta hacia Nyon, donde Real Madrid presiona para que la UEFA castigue al club azulgrana.

El problema para el club blanco es que el reglamento no acompaña su ofensiva.

La apuesta del Real Madrid: castigo europeo

Desde el entorno del Real Madrid se percibe una fe clara en la capacidad de la UEFA para sancionar al Barcelona. La clave, según esa lectura, estaría en el artículo 4 del reglamento disciplinario del organismo europeo, el que permite excluir a clubes de sus competiciones si dañan gravemente la reputación del fútbol.

Sobre el papel, suena contundente. En la práctica, choca con un muro jurídico: la prescripción.

El reloj de la prescripción, el gran escudo del Barça

Según detalla Mundo Deportivo, el gran obstáculo para cualquier castigo deportivo reside en los plazos. Los pagos a Enriquez Negreira, que sostienen el caso, se habrían producido entre 2001 y 2018. El asunto no salió a la luz hasta 2023, cuando Cadena SER destapó la historia.

Cinco años después del último pago conocido. Demasiado tarde para el derecho disciplinario.

El artículo 9 del Código Disciplinario de la RFEF es claro: las infracciones “muy graves” prescriben a los tres años, contados desde el día siguiente a la comisión de la falta. No hay espacio para interpretaciones creativas.

Si el último abono se realizó en 2018, el margen para abrir un procedimiento sancionador expiró antes de que el caso se hiciera público. Cuando el escándalo estalló en los medios, el reloj ya había marcado el final del partido para cualquier acción disciplinaria interna.

La misma barrera para la UEFA

Ese mismo principio se traslada al ámbito europeo. Aunque en el Real Madrid se aferran al citado artículo 4 del reglamento disciplinario de la UEFA, el organismo con sede en Nyon también se rige por un marco de prescripción similar.

La idea de que la UEFA pueda “saltar” por encima de los plazos legales no se sostiene. El organismo no está atado a lo que decidan los tribunales españoles en cuanto al fondo del caso, pero sí a sus propios límites temporales. Y esos límites, hoy, blindan al Barcelona frente a un castigo deportivo retroactivo.

En España, ni el CSD ni la propia RFEF han podido actuar precisamente por ese motivo. No se trata de falta de voluntad política o de presión externa, sino de una barrera jurídica que nadie puede derribar sin cambiar las normas.

Un escándalo sin castigo deportivo… por ahora

El caso Negreira sigue golpeando la imagen del fútbol español y alimentando una guerra institucional entre gigantes. Florentino Pérez eleva el tono, el Barcelona responde con dureza y el debate se encona.

Pero, mientras no se modifiquen los reglamentos ni se reabran plazos que ya han expirado, la UEFA solo puede mirar el expediente y chocar, una y otra vez, contra la misma pregunta: ¿cómo se sanciona algo que, jurídicamente, llegó demasiado tarde al banquillo de los acusados?